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EL ICAB adoptará cuantas medidas sean conformes a derecho contra Bankia a la vista de la demanda que esta entidad le ha presentado ante los tribunales 

Comunicación (Prensa, Web y 'Món Jurídic') | Titulares

EL ICAB adoptará cuantas medidas sean conformes a derecho contra Bankia a la vista de la demanda que esta entidad le ha presentado ante los tribunales 

El Colegio de laAbogacía de Barcelona pondrá en evidencia que Bankia se ha lucrado presentando ejecuciones hipotecarias contra los consumidores
Thu Jul 25 00:00:00 CEST 2019

 EL Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) adoptará cuantas medidas sean conformes a derecho contra Bankia a la vista de la demanda que esta entidad le ha presentado ante los tribunales.

 
Bankia ha presentado una demanda ante los juzgados mercantiles de Barcelona contra el ICAB, en la que reclama 876.987 euros en concepto de daños y perjuicios que considera que le ha ocasionado esta Corporación. Para Bankia los perjuicios derivan de haber elaborado informes de tasación de costas en procedimientos judiciales presentados por la ciudadanía contra Bankia, como consecuencia de la oferta de suscripción de acciones de esta entidad bancaria del año 2011.


El ICAB, como cualquier otro colegio de la abogacía debe emitir informes cuando un juez ha de adoptar una decisión final en materia de costas, porque así lo exige la Ley de Enjuiciamiento civil. Ni los Colegios informan arbitrariamente, ni aquello que resuelven vincula a los tribunales. 
Para el ICAB, Bankia está cuestionando la legalidad del sistema de tasación de costas porque los jueces no le han dado la razón. 


Llama la atención la demanda de Bankia contra el ICAB, cuando esa entidad bancaria ha estado presentando miles de demandas de ejecución hipotecaria en los últimos años, percibiendo costas muy por encima de lo que ahora pretende que pueden cobrar los abogados y abogadas que han ganado las demandas dirigidas contra Bankia como consecuencia de la oferta de suscripción de acciones del año 2011. 


Hay que recordar que los Colegios de la abogacía no tenemos ni hemos tenido baremos de honorarios mínimos o de ningún tipo, sino criterios orientadores a los efectos de tasación de costas. Cuando Bankia ha sido condenada en costas, los tribunales, en muchas ocasiones, han adoptado una decisión que no ha tenido en cuenta los informes del ICAB. 


Cuando Bankia pierde pretende que los informes del ICAB no tengan valor alguno o no existan, pero cuando gana algún juicio y se le cuestionan sus honorarios, la propia Bankia ha exigido que se tasen conforme a los criterios orientadores del ICAB. 


Lo que Bankia quiere, simplemente, es que no exista intervención colegial en las tasaciones de costas. 


Es totalmente reprobable desde el punto de vista social e institucional que Bankia esté contribuyendo a colapsar los juzgados que conocen de las reclamaciones de los consumidores contra ella como consecuencia de las cláusulas abusivas de los contratos bancarios. 
 

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