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El Departament de Justícia solicita de los órganos judiciales el abono de las costas directamente a los profesionales cuando éstos actúen en defensa de oficio

Turno de Oficio y Asistencia al Detenido | Turno de Oficio y Asistencia a la Persona Detenida - Ciudad de la Justicia

El Departament de Justícia solicita de los órganos judiciales el abono de las costas directamente a los profesionales cuando éstos actúen en defensa de oficio

Con la finalidad de poder conseguir la máxima eficiencia de los sistemas de reintegro económico de los profesionales de oficio, previstos en la Ley 1/96, de Asistencia Jurídica gratuita, de 10 de enero, y de conformidad con lo que se acordó en la reunión de la Comisión Mixta de seguimiento de la asistencia jurídica gratuita, de 21 de abril de 2016, entre el CICAC y el Departament de Justicia, la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia ha remitido comunicación al Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya solicitando que difunda entre los Letrados de la Administración de Justicia, con la finalidad de poder dar cumplimento de las previsiones del art. 36 de la Ley 1/96:
Wed May 25 00:00:00 CEST 2016
  • La necesidad de tener especial cuidado en efectuar el abono de los importes correspondientes a la condena en costas de la parte contraria a la del cliente que litiga con profesionales de oficio, directamente a los profesionales de oficio.
  • La necesidad de priorizar la tramitación de las juras de cuentas en los supuestos en los que el cliente que litiga con profesionales de turno de oficio no obtenga el reconocimiento del derecho a la justicia gratuita.

La comunicación recuerda, también, la obligación de los letrados de comunicar la obtención del cobro de los importes correspondientes a sus honorarios profesionales, para proceder a la devolución de las cantidades eventualmente percibidas con cargo a los fondos públicos, por su intervención en el proceso.

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