Real Decreto Ley 2/2016, de 30 de septiembre, por el que se introducen medidas tributarias dirigidas a la reducción del déficit público (BOE de 30 de septiembre de 2016)
Modifica también el cálculo del pago fraccionado para las empresas con volumen de facturación superior a diez millones de euros, con el fin de aproximarlo al tipo nominal del impuesto. De esta manera, se aplicará el 24 por 100 de la base imponible en lugar del 17 por 100 actual.
Lo previsto en esta disposición no es aplicable a los pagos fraccionados cuyo plazo de declaración haya comenzado antes de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 2/2016, de 30 de septiembre, pero como se publica y entra en vigor el 30/09/2016, afectará ya a los próximos pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, correspondientes a los meses de octubre y diciembre de 2016.
[NORMATIVA APROBADA. LEYES DE LAS CORTES GENERALES]
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