open menu menú
Advocacia Barcelona
Área personal

×Área personal

Número de colegiado/a o usuario ICAB / DNI / Email
×
Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona
buscador de profesionales
Abogado/Cliente | Turno de Oficio

¿Cuándo puedo cobrar honorarios del cliente?

El abogado o la abogada de oficio puede cobrar honorarios del cliente en las siguientes situaciones:

  1. Cuando la persona designada no haya tramitado u obtenido el beneficio de justicia gratuita.
  2. La parte contraria se vea obligada, por sentencia judicial, a abonar las costas causadas en defensa de quien obtuvo el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
  3. Si dentro de los tres años siguientes a la finalización del procedimiento, el beneficiario o la beneficiaria de justicia gratuita obtiene mejor fortuna.
  4. Cuando vence en el pleito el beneficiario o la beneficiaria de justicia gratuita y obtiene un beneficio económico, siempre que los honorarios no excedan de una tercera parte del que se ha obtenido.
  5. Cuando proceda la petición de litis expensas y éstas han sido reconocidas en resolución firme a favor de la parte que litiga con reconocimiento del Derecho a justicia gratuita, hasta el importe total de la partida aprobada judicialmente.

Comparte

Documentos

TÚ PUEDES CONTROLAR EL USO DE LAS COOKIES.

En el ICAB utilizamos cookies en nuestra página. Algunas son estrictamente necesarias para el funcionamiento de la página, y otros son opcionales y se utilizan para:

  • Medir cómo se utiliza la página web.
  • Habilitar la personalización de la página web.
  • Para funciones de publicidad, marketing y redes sociales.

Al hacer clic en 'Aceptar todas', aceptas la instalación de todas las cookies. Si prefieres configurar tú mismo / a o rechazarlas, haz clic en 'Configuración de cookies'.

Para obtener más información, visite nuestra política de cookies.

×