Abogado/Cliente | Justicia Gratuita
¿El abogado designado o la abogada designados puede cobrar honorarios?
Sí, en los casos en que:
- La persona interesada no haya tramitado u obtenido el beneficio de justicia gratuita.
- La parte contraria se vea obligada, por sentencia judicial, a abonar las costas causadas en defensa de quién obtuvo el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
- Si dentro de los tres años siguientes a la finalización del proceso, la persona beneficiaria de justicia gratuita viniera a mejor fortuna.
- Cuando vence en el pleito la persona beneficiaria de justicia gratuita y obtiene un beneficio económico, siempre que los honorarios no excedan de una tercera parte del importe que ha obtenido.
- Cuando procede la petición de litis expensas y éstas han sido reconocidas en resolución firme a favor de la parte que litiga con reconocimiento del Derecho a justicia gratuita, hasta el importe total de la partida aprobada judicialmente.