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Convocada la Primera Edición del Premio ICAB "Memorial Miquel Queralt sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social"

Secretaría de Junta de Gobierno | Premios, Becas y Subvenciones

Convocada la Primera Edición del Premio ICAB "Memorial Miquel Queralt sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social"

Premio "Memorial Miquel Queralt a la mejor monografía sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social". Fecha límite de presentación de candidaturas: 2 de diciembre de 2024. Dotación: 3.000 euros.

03/10/2024

La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, ​​en homenaje y emocionado recuerdo a la intensa y destacada trayectoria personal y profesional como abogado laboralista del señor Miquel Queralt Cabeza, ejemplo de los mejores valores de la abogacía, así como en reconocimiento a su generosa vocación de servicio institucional y a su compromiso con el Colegio como diputado de la Junta de Gobierno, instituye el Premio “Memorial Miquel Queralt sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social”.

En este sentido, se convoca la primera edición de este Premio, que se regirá por las siguientes BASES:

  1. Podrán optar al Premio los abogados/as, licenciados/das y graduados/das en Derecho.
  2. El Premio está destinado a galardonar la mejor monografía sobre Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social publicada entre el 1 de enero y el 2 de diciembre de 2024.
  3. El premio está dotado con 3.000 euros.
  4. Las monografías que opten al Premio, junto con la correspondiente solicitud normalizada, deberán presentarse en el Registro del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona) y la fecha límite de presentación será el 2 de diciembre de 2024. Para aquellas monografías enviadas por correo certificado, la fecha del matasellos determinará la aceptación o no del envío.
  5. No podrá presentarse al Premio el/la concursante que participe en otro premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2024, ni tampoco los miembros de la Junta de Gobierno, las personas trabajadoras o colaboradoras no docentes del ICAB. Cada concursante solo podrá presentarse al Premio con una única monografía.
  6. La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona nombrará al Jurado del Premio, que estará formado por uno o dos de sus miembros, por el presidente/a y vicepresidente/a de la Sección de Derecho laboral del ICAB, por un/a abogado/a miembro de Antràs Advocats, despacho profesional del que formaba parte el abogado Sr. Miquel Queralt Cabeza, y por uno o dos integrantes más de reconocido prestigio especialistas en la materia objeto del premio. El Jurado valorará especialmente la actualidad o carácter de novedad del tema desarrollado en la monografía, así como su trascendencia jurídica futura, teórica y práctica.
  7. El Jurado tiene la facultad de otorgar el premio ex aequo. En este caso, la dotación económica será distribuida entre las dos monografías galardonadas. Igualmente, el Jurado, que podrá declarar desierto el Premio, se reserva el derecho a hacer mención especial, sin derechos económicos, de alguna de las monografías no premiadas que por su calidad e interés se hagan dignas. Del mismo modo, el Jurado se reserva el derecho de adjudicar el Premio a una monografía publicada que lo merezca, aunque no se haya presentado al Premio, siempre que se haya publicado entre el 1 de enero y el 2 de diciembre de 2024. Si no se presentara ninguna persona al concurso o el Premio fuera declarado desierto, el importe del Premio se podrá añadir al del año siguiente o distribuirse en los años sucesivos
  8. La decisión del Jurado será notificada por escrito o por correo electrónico a las personas interesadas y se hará publicidad mediante los medios de comunicación corporativos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
  9. La entrega del Premio se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
  10. El galardonado/a entregará un ejemplar de la obra premiada a la Biblioteca del ICAB.
  11. El importe del Premio otorgado estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.
  12. La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases.

La Junta de Gobierno resolverá cualquier aspecto no previsto que pueda plantearse.

Barcelona, septiembre 2024

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Responsable

Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona

CIF: Q-0863003-J

Contacte dpd@icab.cat

 

Finalidad

Gestión de las actividades, servicios o premios organizados por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona, así como la comunicación de información sobre los mismos.

Legitimación

Las bases de convocatoria del premio; la Ley 2/1974 de 13 de febrero, sobre colegios profesionales; la Ley 7/2016, de 31 de mayo, de ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales; los Estatutos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.

Destinatarios

Únicamente las necesarias para la ejecución de la convocatoria del premio y en cumplimiento de obligaciones legales.

Derechos

Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional de la política de protección de datos.

 

Información adicional

 

Para más información sobre la política de protección de datos puede consultar la información adicional siguiente. 

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