La CRAJ informa: atribución a determinados órganos judiciales el conocimiento de asuntos de "cláusulas suelo"
Os informamos que la Comisión Permanente del CGPJ, en consonancia con la previsión contenida en el art. 98.3 LOPJ, ha acordado atribuir a determinados órganos judiciales el conocimiento de los asuntos relativos a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias en los que los prestatarios sean personas físicas.
Documentos
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CRAJ - Acuerdos Jutjados, Tribunals y Fiscalia | CRAJ - Normas Reparto194.64 Kbpdf
Acuerdo de 20 de diciembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con la competencia territorial indicada para cada juzgado, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física
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