open menu menú
Advocacia Barcelona
Área personal

×Área personal

Número de colegiado/a o usuario ICAB / DNI / Email
×
Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona
buscador de profesionales

Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de la violencia de género

Comisión de Normativa | Comisión Normativa | Novedades Jurídicas / Jurisprudencia

Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de la violencia de género

Publicada en el BOE del 22 de marzo de 2022 (recordatorio). 

Fri Aug 12 17:00:00 CEST 2022

Entrada en vigor: 23.03.2022

La ley tiene por objeto eliminar incertidumbres normativas y obstáculos a los que se enfrentan las huérfanas y huérfanos de la violencia de género, para paliar --al menos en parte-- la situación de extrema vulnerabilidad que para ellos resulta de su condición de víctimas de la violencia de género.

En primer lugar, frente a la incertidumbre sobre el procedimiento aplicable a la liquidación de la sociedad de gananciales en los casos de mujeres víctimas mortales de la violencia de género y, en particular, la imposibilidad de acceder en algunos casos al régimen de los artículos 806 y siguientes de la LEC, que perjudica a las huérfanas y huérfanos que se encuentran en esta situación (al retrasar el acceso a la liquidación del régimen matrimonial de las madres y, con ello, a la determinación de su herencia sin el acuerdo de los asesinos de aquéllas) se unifican los pronunciamientos judiciales en la materia, reformando el régimen previsto en los artículos 807 y siguientes LEC para establecer expresamente la legitimación de los herederos de la víctima muerta para instar la liquidación del régimen matrimonial conforme al procedimiento que se prevé.

Esta modificación hace necesaria la reforma del artículo 87 ter de la LOPJ para atribuir a los juzgados de violencia sobre la mujer la competencia sobre los procedimientos de liquidación del régimen económico matrimonial instados por los herederos fallecidos a causa de crímenes de violencia de género.

Además, se modifica el artículo 216,3 y el arte. 224 (a la que se añade un nuevo apartado 2) de la Ley General de la Seguridad Social, para ampliar el ámbito objetivo de aplicación de la pensión de orfandad e incluir de forma expresa y directa a las víctimas directas de violencia de género. Además, se establecen vías para la recuperación de la pensión de orfandad cuando antes no existía esta posibilidad y se endurecen las condiciones de acceso para los hijos en relación con las retribuciones percibidas que ahora no pueden superar el 75 por ciento del SMI mientras que antes reconocía hasta la unidad.

Se añade un nuevo apartado 10 al artículo 42 del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, para reconocerles idénticos derechos que al general de la población.

También se modifica el texto refundido de la Ley de las haciendas locales, introduciendo un nuevo párrafo -a continuación del anterior- en el artículo 104.3 del TRLHL, por la que se establece que queda no sujeta la transmisión del inmueble al IIVTNU cuando lleve causa de la muerte de la mujer por violencia de género.

Por último, en cuanto a la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se introduce un nuevo número 33 en la letra B, apartado I, del artículo 45 del Texto refundido, estableciendo la exención de tributación cuando se efectúe el pago de indemnizaciones a favor de los menores sujetos a tutela o guarda y custodia de mujeres muertas por causa de violencia de género.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-4516

[LEYES APROBADAS.CORTES GENERALES]

Contacto

Comparte

También puede interesarte

TÚ PUEDES CONTROLAR EL USO DE LAS COOKIES.

En el ICAB utilizamos cookies en nuestra página. Algunas son estrictamente necesarias para el funcionamiento de la página, y otros son opcionales y se utilizan para:

  • Medir cómo se utiliza la página web.
  • Habilitar la personalización de la página web.
  • Para funciones de publicidad, marketing y redes sociales.

Al hacer clic en 'Aceptar todas', aceptas la instalación de todas las cookies. Si prefieres configurar tú mismo / a o rechazarlas, haz clic en 'Configuración de cookies'.

Para obtener más información, visite nuestra política de cookies.

×