Proposición de ley de modificación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura
Esta proposición se encuentra en trámite en el Congreso. Es una proposición de ley del Parlament de Catalunya, trasladada de la legislatura anterior.
La propuesta añade un artículo, el 4 bis, a la Ley del Estado 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra Civil y la Dictadura para reconocer el derecho de resarcimiento a los particulares afectados por la confiscación de papel moneda u otros signos fiduciarios depositados por las autoridades franquistas en la cuenta "Billetes de canje desestimado" o al "Fondo de papel moneda puesto en circulación por el enemigo" a los que dieron lugar los decretos de 27 de agosto de 1938, o a sus sucesores, en los términos que reglamentariamente, que en cualquier caso deben concretar la documentación a aportar para obtener el resarcimiento, el plazo dentro del cual es admitido, el procedimiento de reconocimiento y el resto de plazos del mismo, la forma y el método de cálculo del resarcimiento, y cualquier otro requisito necesario para el ejercicio efectivo del derecho reconocido.
También añade a dicha Ley del Estado 52/2007 la previsión de que el Gobierno del Estado, en colaboración con el Gobierno de la Generalitat de Catalunya, tenga que estudiar y habilitar medidas para resarcir los bienes depositados en las cajas de alquiler de bancos y cajas de ahorros que fueron incautados durante la Guerra Civil amparándose en disposiciones de Gobierno de la República y del Gobierno de la Generalidad. El resarcimiento sólo afectará las incautaciones que se hicieron de manera ilegal.
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