open menu menú
Advocacia Barcelona
Área personal

×Área personal

Número de colegiado/a o usuario ICAB / DNI / Email
×
Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona
buscador de profesionales

Proposición de reforma del Reglamento del Congreso para la regulación de los Grupos de interés

Comisión de Normativa | Comisión de Cultura / Formación

Proposición de reforma del Reglamento del Congreso para la regulación de los Grupos de interés

Esta proposición de Ley se encuentra en trámite en el Congreso y ha pasado el trámite de toma en consideración. Entrada en vigor: a los seis meses de su publicación en el BO de las Cortes Generales.
Fri Mar 31 00:00:00 CEST 2017

Se añade un nuevo capítulo noveno al título IV del Reglamento del Congreso para regular la figura de los Grupos de Interés, estableciendo la creación de un registro público de carácter obligatorio en el que se inscribirán los representantes de Grupos de Interés que mantengan encuentros con los diputados y el personal adscrito a su labor parlamentaria con el objetivo de trasladar sus intereses y propuestas.

La disposición considera Grupo de Interés a aquellas personas físicas o jurídicas que lleven a cabo de manera organizada acciones para influir en el poder legislativo en defensa de los intereses comunes de sus miembros.

Se establece que todos aquellos representantes de los grupos de interés que quieran mantener encuentros con los diputados y con el personal adscrito a su labor parlamentaria con el objeto de trasladar sus propuestas en defensa de sus intereses, con carácter previo, inscribirse en un registro público adscrito a la Secretaría General del Congreso.

Los Grupos de interés dejarán constancia en el Registro de las reuniones con los Diputados y el personal adscrito a su labor parlamentaria con el objetivo de trasladar sus intereses y propuestas, acompañando copia de la documentación presentada durante las mismas. La Presidencia, con el parecer favorable de la Mesa y de la Junta de Portavoces, adoptará las disposiciones necesarias para garantizar la publicidad del registro, con las garantías suficientes para proteger los datos que deban mantenerse reservados.

Se determinan los datos que los grupos de interés deben consignar en el Registro y las normas de conducta que deben cumplir, por lo que la infracción de cualquiera de las previsiones establecidas conllevará la cancelación de la inscripción en el Registro por parte los Grupos de interés que incumplan la norma y la prohibición de acceso a la Cámara durante el período que determine la Mesa del Congreso en función de la gravedad de la infracción.

[INICIATIVAS LEGISLATIVAS. CORTES GENERALES]

Contacto

Comparte

También puede interesarte

TÚ PUEDES CONTROLAR EL USO DE LAS COOKIES.

En el ICAB utilizamos cookies en nuestra página. Algunas son estrictamente necesarias para el funcionamiento de la página, y otros son opcionales y se utilizan para:

  • Medir cómo se utiliza la página web.
  • Habilitar la personalización de la página web.
  • Para funciones de publicidad, marketing y redes sociales.

Al hacer clic en 'Aceptar todas', aceptas la instalación de todas las cookies. Si prefieres configurar tú mismo / a o rechazarlas, haz clic en 'Configuración de cookies'.

Para obtener más información, visite nuestra política de cookies.

×