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L'ICAB es congratula de què el Consell de Ministres hagi aprovat per fi un sistema de segona oportunitat

El ICAB se congratula de que el Consejo de Ministros también haya aprobado este viernes un Real Decreto Ley que regula un sistema de segunda oportunidad, una reclamación que esta Corporación había hecho desde el 2011. Esta medida debe servir para permitir que no sólo los pequeños empresarios o autónomos, sino también las personas en general y sus familias tengan la oportunidad de reestructurar sus deudas y, en consecuencia, reducir su endeudamiento a través de un procedimiento específico y previo al posible procedimiento concursal.
Fri Feb 27 00:00:00 CET 2015

Pendientes de conocer el texto aprobado -de inmediata publicación en el BOE- se debe tener presente que desde hace cuatro años, el Colegio de Abogados de Barcelona ha estado reclamando insistentemente la aprobación de un texto normativo que abordara la muy grave problemática derivada del sobreendeudamiento de las personas y familias.

En la legislatura anterior de las Cortes Generales, concretamente en la tramitación parlamentaria en el Senado del entonces proyecto de ley de reforma de la Ley Concursal, estuvo a punto de incorporarse a la normativa, pero no se aprobó.

Aquella Ley (38/2011) de reforma de la Concursal -que entró en vigor el 1 de enero de 2012- estableció que el Gobierno debía remitir a las Cortes Generales -en el plazo de seis meses- un informe sobre la aplicación y los efectos del conjunto de medidas adoptadas para mejorar la situación de las personas físicas y las familias que se encontraran en dificultades para satisfacer sus obligaciones (especialmente las garantizadas con hipoteca). El hecho, sin embargo, es que este informe no se llegó a elaborar nunca.

Por ello, el ICAB continuó insistiendo en sus reclamaciones, en este caso ante el Parlament de Cataluña, hasta conseguir que el verano de 2012 aprobara por unanimidad de esta Cámara una propuesta de Proposición de ley de sobreendeudamiento personal y familiar y de protección, frente a los procedimientos de ejecución hipotecaria de la vivienda habitual que, posteriormente, fue rechazada por el Congreso.

Se continuó intentando su aprobación, tanto en las Cortes Generales (mediante  incorporación en el texto de la que fue aprobada como Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de la deuda y alquiler social), como en el Parlament de Catalunya (en la reciente ley de reforma del Código de Consumo de Catalunya mediante la Ley 20/2014) y de forma directa con el propio Gobierno de Catalunya, previo debate en la Comisión de Desahucios de la Generalitat.

El hecho es que finalmente se habrá conseguido incorporar mecanismos que puedan ayudar a paliar algunos sobreendeudamientos aún existentes, a pesar de que otros ya no habrán tenido solución como consecuencia de la falta de respuesta normativa durante estos años de crisis.

Cabe señalar que estos últimos meses el proceso se ha precipitado después de que el clamor de toda la abogacía barcelonesa quedara patente en la sesión solemne de la Festividad de Sant Raimon de Penyafort del ICAB, celebrada el pasado día 30 de enero, en el que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, se comprometió a aprobar una regulación legal del sobreendeudamiento y, también, debido a que se hicieron gestiones posteriores de seguimiento de este compromiso con una reunión específica y monográfica, ante el Ministerio de Economía y Competitividad.

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