Juristas y el Poder Judicial alertan en el ICAB que se deben aplicar nuevas reformas legislativas para combatir la okupación ilegal. Vicente Magro plantea una Ley Orgánica integral para combatir las okupaciones.
Más de 300 juristas han seguido la jornada que ha acogido el ICAB sobre la vivienda turística (Ventanilla Única) y la ocupación ilegal de inmuebles. La nueva regulación de pisos turísticos (Ventanilla Única) ha generado 400.000 solicitudes de arrendamientos de corta duración hasta la fecha
- Durante la jornada el magistrado Vicente Magro ha reivindicado la necesidad de una Ley Orgánica integral para combatir la ocupación, presentando una batería de medidas legislativas para contribuir a recuperar los inmuebles ocupados de forma más inmediata ya que con la normativa vigente los propietarios tardan entre dos y tres años en recuperarlo.
- La fiscal provincial de Barcelona ha expuesto los detalles de la reforma legislativa que nace del grupo de trabajo de expertos del ICAB y que ha sido presentada de forma parlamentaria.
- Expertos en la materia alertan que la no agilización de la recuperación posesoria de los inmuebles en un procedimiento judicial supone una vulneración de la tutela judicial efectiva de los propietarios.
- Se ha puesto de manifiesto que el juicio rápido es ineficaz para resolver los casos de ocupación ilegal. Así como que el autor del delito de usurpación es condenado por más pena por presentar un contrato de arrendamiento falso que por okupar un inmueble.
- Es la Administración la que debe resolver la problemática de la vivienda que sufran las personas consideradas “vulnerables”
El Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) ha acogido el lunes 10 de noviembre una jornada jurídica sobre la nueva legislación de vivienda turística (Ventanilla Única) y la ocupación ilegal de inmuebles con la finalidad de analizar de forma transversal esta problemática con expertos de primer nivel.
La jornada, que ha contado con asistencia de más de 300 juristas, ha sido inaugurada por Cristina Vallejo, decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona, y José Antonio Montero Fernández, vocal del Consejo General del Poder Judicial. Entre los asistentes estaban también los vocales del CGPJ Alejandro Abascal y Carlos Hugo Preciado, el decano del Colegio Notarial de Catalunya, José Alberto Marín, la presidenta del Colegio de Agentes Inmobiliarios, Montserrat Junyent, y asesores jurídicos del Col·legi d’Administradors de Finques de Barcelona-Lleida.
La decana del ICAB, Cristina Vallejo ha destacado en la inauguración, que la presencia del vocal del Consejo General del Poder Judicial José Antonio Montero Fernández en esta jornada es una forma de visibilizar las buenas relaciones existentes entre la Abogacía y el Poder Judicial, necesarias para el diálogo, la escucha y solventar los problemas de la ciudadanía. Y ha puesto como ejemplo la organización por parte del ICAB el pasado 16 de octubre del “Encuentro de Delegaciones”, que contó con representantes de los principales operadores, además de la Administración de Justicia, para la implementación de la Ley 1/2025. Posteriormente, Montero Fernández ha agradecido al ICAB poder participar en esta jornada y ha puesto de manifiesto la buena sintonía existente entre el Consejo General del Poder Judicial y los Colegios profesionales de la Abogacía para mejorar el servicio público de justicia. También ha destacado las formaciones que se realizaron por parte del CGPJ y el CGAE, y especialmente las relativas a los MASC, que contaron con una alta participación de abogados. Por último, ha hecho énfasis, en las peticiones realizadas, tanto por el presidente del CGAE como por la decana del ICAB, Cristina Vallejo, en su última visita institucional, relativa a su preocupación por la falta de criterios unificadores en la aplicación de los MASC. Y ha añadido: “Se está trabajando para disponer de unos criterios unificados, que se publicarán en la página web, para mejorar el servicio público de la justicia hacía la ciudadanía”.
La abogada y presidenta de la Sección de Derecho Civil, Marta Legarreta, ha presentado la Jornada haciendo hincapié en que la dificultad para acceder a la vivienda ha conllevado un conjunto de nuevas problemáticas como la okupación de viviendas, la inquiokupación, la regulación de precio del alquiler o el alquiler turístico de inmuebles. Por ello ha destacado que la organización del evento ha invitado a analizar en profundidad este nuevo contexto con Vicente Magro, magistrado de la Sala 2ª del Tribunal Supremo; Neus Pujal; fiscal Jefe Provincial de Barcelona; Rafael Fernández Valverde, magistrado Emérito del Tribunal Supremo, y Cristina Vallejo, abogada y decana del ICAB.
Sobre okupación ilegal de viviendas
Vicente Magro ha expuesto la difícil situación actual en materia de vivienda, señalando que los propietarios tardan entre dos y tres años en recuperar un inmueble okupado, lo que desincentiva poner viviendas en alquiler. También ha advertido que las recientes reformas legislativas han creado un desequilibrio en la relación arrendador-arrendatario, que la Ley Orgánica 1/2025 no está ayudando a resolver la problemática de la ocupación y ha puesto de relieve que el juicio rápido es ineficaz para resolver los casos de ocupación ilegal, al no existir detenciones ni atestados policiales que lo sustenten.
Para revertir esta situación, Magro ha presentado una batería de medidas entre las que destacan:
- Aprobación de una Ley integral sobre pérdida de posesión de vivienda por incumplimiento contractual y ocupación ilegal.
- Agilización de los procesos judiciales civiles y penales de recuperación de la posesión. No agilizar la recuperación posesoria de los inmuebles en un procedimiento judicial supone una vulneración de la tutela judicial efectiva de los propietarios. Y ha recordado que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha pronunciado sobre la necesidad de establecer unos plazos reducidos para acordar el desalojo.
- Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para incluir un artículo 544 sexies, con la finalidad de establecer una medida cautelar que permita la inmediata expulsión por parte de la Sección de Instrucción del Tribunal de instrucción en 72 horas tanto en allanamientos de morada como en usurpación de inmuebles.
- Introducción de una cláusula antiokupación en el Código Penal, para tipificar como estafa la llamada “inquiokupación” y permitir el lanzamiento inmediato sin posibilidad de alegar vulnerabilidad.
- Modificación del artículo 9 de la Ley de Vivienda, de modo que los juzgados de guardia puedan ordenar la expulsión en un plazo máximo de 72 horas por orden judicial de la sección de instrucción del tribunal de instancia competente del lugar del inmueble.
- Creación de un registro estatal de impago de rentas, que permita a los propietarios consultar antecedentes de morosidad de posibles inquilinos.
- Facultar a la policía para proceder a la expulsión directa en casos flagrantes de ocupación.
- Reformar la LECrim en materia de legitimación para denunciar a okupas cuando el propietario no lo haga. De esta forma aboga por legitimar al residente de la comunidad de propietarios para denunciar ocupaciones en beneficio del conjunto de vecinos, sin necesidad de que el dueño del inmueble intervenga.
La decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona, Cristina Vallejo, ha recordado durante su ponencia las propuestas legislativas tanto en materia penal y civil formuladas por el ICAB para ayudar a combatir el fenómeno de la ocupación en nuestro país. En el ámbito penal, se apuesta por contar con una medida cautelar de desalojo inmediato y devolución de la propiedad en un plazo de 48 horas para combatir la ocupación ilegal. Además de la medida cautelar, la propuesta de la abogacía considera necesaria la derogación de la competencia del Jurado al delito de allanamiento de morada, así como, incorporar en los delitos leves inmediatos los delitos de usurpación y de allanamiento de morada. En el ámbito civil, la propuesta se centra en modificar el intercito actual que incorpora una “medida cautelar civil”, ampliando la legitimación activa a las personas jurídicas, equiparándolas con las personas físicas, poder recuperar la posesión de cualquier inmueble, no solamente las viviendas, y habilitar al presidente de la Comunidad de Propietarios para que pueda emprender acciones legales para combatir las ocupaciones ilegales. La decana del ICAB ha destacado que todas estas propuestas han sido presentadas a nivel parlamentario, en particular, la reforma del Art. 553-40 CCCAT está en tramitación parlamentaria desde la pasada semana, en el Parlament de Catalunya, mediante una proposición de Ley de modificación del referido precepto.
Análisis de la nueva normativa para regular las viviendas de uso turístico
A lo largo de esta jornada también se ha expuesto que a raíz de la nueva normativa autonómica aprobada en Catalunya para regular las viviendas de uso turístico (VUT), a partir del Decreto‑Ley 3/2023 de 7 de noviembre, los propietarios deberán obtener una licencia urbanística previa y los ayuntamientos tendrán que modificar sus planes urbanísticos para permitir expresamente el uso turístico o denegarlo, fijando un tope máximo de 10 VUT por cada 100 habitantes y una duración de la licencia de cinco años prorrogables. La medida se aplica en 262 municipios considerados “zonas tensionadas” por el mercado de la vivienda y busca recuperar suelo destinado a vivienda habitual. Los ponentes han coincidido en que la nueva legislación sobre viviendas turísticas en Catalunya supone un cambio profundo en el mercado de la vivienda, con efectos tanto positivos como controvertidos.
Por un lado, la medida busca frenar la presión turística en zonas donde los precios del alquiler se han disparado, al limitar el número de pisos turísticos y obligar a los propietarios a obtener licencias temporales. Esto podría favorecer que más viviendas regresen al mercado residencial, incrementando la oferta disponible para vecinos y reduciendo tensiones en el acceso a la vivienda habitual.
Sin embargo, también se ha puesto de manifiesto que el endurecimiento de la normativa genera incertidumbre jurídica y económica entre los propietarios y el sector turístico, reduciendo la inversión en alojamientos vacacionales y afectando a la competitividad turística de determinadas zonas. En este sentido, a pesar de que la norma pretende equilibrar el uso residencial y turístico del parque inmobiliario, su impacto final dependerá de cómo se apliquen las restricciones y gestionen las nuevas licencias. Según un informe europeo la última ratio debe ser la eliminación de las licencias.
Los datos actuales, tras la entrada en vigor de Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre (LA LEY 29937/2024), por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, que entró en vigor el pasado mes de julio de 2025, son 370.369 peticiones de Números de Registros Únicos de Arrendamientos (NRUA), aceptadas y tramitadas 271.682, provisionales 23.700 y denegadas 75.593 (un 20%). El citado Real Decreto establece que aquellas viviendas que se arrienden por cortos períodos de tiempo, independientemente de que sean cedidas con finalidad turística o cualesquiera otra igualmente temporal, aunque no obedezcan a motivos vacacionales, y que pretendan comercializarse a través de plataformas online en las que anfitriones y huéspedes celebran contratos a distancia de arrendamientos temporales con transacción económica («plataformas transaccionales»), deben contar con un NRA. Las denegaciones tienen diversos motivos, incompetencia territorial del Registro ante el que se ha presentado, por ejemplo, pero mayoritariamente por existir clausulas estatutarias o acuerdos comunitarios que limitan o prohíben la actividad turística en el edificio.
El análisis de la situación actual ha dejado clara dos situaciones. Por un lado, que sin una oferta suficiente y mayor seguridad jurídica para los propietarios, el mercado del alquiler en Catalunya continuará en tensión. Del otro, que es la Administración la que debe resolver la problemática de la vivienda que sufren las personas consideradas “vulnerables”.
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