open menu menú
Advocacia Barcelona
Personal area

×Personal area

COllegiate number or ICAB user / DNI / Email
forgot passowrd
×
Il·lustre Col·legi de l'Advocacia de Barcelona
professional search

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 25-05-2020. Roj: STS 1225/2020 - ECLI:ES:TS:2020:1225. Responsabilidad de administradores por incumplimiento del deber de disolver

En el supuesto en cuestión, la parte actora presentó, durante el año 2009, una demanda ante los juzgados de lo social reclamando una indemnización por accidente laboral (que tuvo lugar en el año 2006) contra la sociedad Ciberpromoges, S.L.
Thu Jul 23 00:00:00 CEST 2020

El juzgado de lo social dictó sentencia estimatoria, pero la actora nunca pudo llegar a cobrar el crédito por estar todos los activos de la antemencionada sociedad gravados con una carga preferente.

En vista de lo anterior, la parte actora presentó, ante el juzgado de lo mercantil, una demanda de responsabilidad del administrador de la sociedad, en la que se solicitaba su condena al pago de una cantidad dineraria en ejercicio de acción de responsabilidad ex artículo 367 LSC así como acción individual del artículo 241 LSC.

El Alto Tribunal reitera su jurisprudencia que considera que el derecho a la indemnización nace con el siniestro (año 2006), y no con la sentencia que fija el quantum (año 2009), la cual es meramente declarativa. Ciberpromoges, S.L. estaba en causa de disolución a partir del año 2008, por lo que no puede prosperar la acción de responsabilidad ex art. 367 y art. 241 LSC, puesto que la deuda nació con anterioridad a la causa de disolución de la sociedad.

Vinculo: http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/972f93671882b8ac/20200605

Share

TÚ PUEDES CONTROLAR EL USO DE LAS COOKIES.

En el ICAB utilizamos cookies en nuestra página. Algunas son estrictamente necesarias para el funcionamiento de la página, y otros son opcionales y se utilizan para:

  • Medir cómo se utiliza la página web.
  • Habilitar la personalización de la página web.
  • Para funciones de publicidad, marketing y redes sociales.

Al hacer clic en 'Aceptar todas', aceptas la instalación de todas las cookies. Si prefieres configurar tú mismo / a o rechazarlas, haz clic en 'Configuración de cookies'.

Para obtener más información, visite nuestra política de cookies.

×