Convocatoria de elecciones a la Comisión de Arbitraje
Para el próximo 26 de mayo de 2021 para proveer los cargos de 1 presidente/ a, 1 vicepresidente/ a, 1 secretario/ a-tesorero/ a y 7 vocales de la Comisión de Arbitraje del ICAB
1. De conformidad con lo previsto en el artículo 13 del Reglamento de las Comisiones de Personas Colegiadas del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y otras normas concordantes, la Junta de Gobierno, en sesión de 6 de abril de 2021, ha convocado elecciones para el próximo 26 de mayo de 2021 para proveer los cargos de 1 presidente/ a, 1 vicepresidente/ a, 1 secretario/ a-tesorero/ a y 7 vocales de la Comisión de Arbitraje del ICAB.
2. Serán electoras todas las personas colegiadas que el día de la convocatoria electoral consten inscritas en la Comisión y no estén inhabilitadas.
3. Desde el 7 de abril de 2021 el censo electoral podrá consultarse por las personas interesadas en la Secretaría del Colegio.
4. Podrán ser candidatas todas las personas colegiadas inscritas en la Comisión el día de la convocatoria electoral que, en el momento de ser proclamadas candidatas, reúnan los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de las obligaciones colegiales.
- No estar inhabilitadas.
- No formar parte de la Junta de Gobierno ni del órgano de dirección de la Comisión.
- Llevar un año incorporadas a la Comisión.
El mandato de los miembros del órgano de dirección de la Comisión tiene una duración de cuatro años, con la posibilidad de una única reelección inmediata por un nuevo mandato.
5. Las candidaturas podrán presentarse en el Registro del Colegio dentro de los quince días naturales posteriores a la convocatoria y estarán firmadas por las personas candidatas, con indicación de su número de colegiación.
6. Las candidaturas, que serán cerradas e incluirán candidatos/as para proveer todos los cargos que salgan a la elección, responderán a criterios de paridad de acuerdo con la normativa vigente de aplicación y deberán tener una composición equilibrada de mujeres y hombres, de manera que en el conjunto de la lista las personas candidatas cada uno de los sexos supongan como mínimo el cuarenta por ciento.
7. Las personas electoras podrán emitir su voto personalmente en la sede del Colegio entre las 13.00 h y las 19.00 h, en la que se cerrarán las urnas y se iniciará el escrutinio. Las votaciones se desarrollarán de conformidad con las normas sanitarias vigentes en el momento de su celebración.
El secretario
Jesús Sánchez García
Barcelona, 6 de abril de 2021

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Candidatura 2021 a las elecciones al órgano de dirección de la Comisión de Arbitraje del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (2021)
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