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Llei 31/2015, de 9 de setembre, per la qual es modifica i actualitza la normativa en matèria d’autoocupació i s’adopten mesures de foment i promoció del treball autònom i de l’Economia Social (BOE del 10 de setembre de 2015)

Entrada en vigor: 09/10/2015. Deroga determinadas disposiciones de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, del texto refundido de la Ley de la Seguridad Social y de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, entre otros.
Mon Feb 29 00:00:00 CET 2016

Entre otros aspectos, la ley elimina el límite de edad para poder capitalizar toda la prestación por desempleo y destinarla a la inversión y a los gastos iniciales a la hora de emprender una actividad por cuenta propia o para incorporarse como socio a una cooperativa o sociedad laboral. Hasta esta reforma, sólo podían optar al cobro de la totalidad de la prestación en un solo pago los socios de cooperativas o sociedades laborales y los autónomos discapacitados o menores de 30 años (para el caso de los hombres) o de 35 años (para el caso de las mujeres), quedando excluido el resto de los trabajadores; de modo que los hombres mayores de 30 años y las mujeres mayores de 35 sólo podían capitalizar el 60% de la prestación en un solo pago.

Además, los mayores de 30 años también podrán compatibilizar (durante un máximo de nueve meses) la prestación por desempleo con el alta en el RETA, que hasta ahora era una posibilidad reservada únicamente a los menores de esa edad.

La nueva ley introduce modificaciones que facilitan al trabajador autónomo que, para el caso de que su empresa profesional termine no siendo viable, pueda disponer de la prestación por desempleo que dejó de percibir cuando comenzó su actividad como emprendedor. De este modo, se amplía el plazo (de 24 a 60 meses) para que los autónomos mayores de 30 años puedan reanudar el cobro de la prestación por desempleo una vez iniciada una actividad por cuenta propia.

La ley permite a los autónomos utilizar la llamada tarifa plana de 50€ mensuales durante seis meses; medida que también se amplía a los que contraten a trabajadores y a los autónomos económicamente dependientes que contraten a un trabajador que los sustituya para poder conciliar vida laboral y familiar.

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