Reial Decret Llei 28/2018, de 28 de desembre, per la revaloració de les pensions públiques i altres mesures urgents en matèria social, laboral i d'ocupació (BOE del 29 de desembre de 2018)
Establece las normas sobre determinación y revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas. Determina la actualización del límite máximo y de las bases máximas de cotización en los sistemas de la Seguridad Social durante 2019; actualiza las bases mínimas y otros límites de cotización de los trabajadores por cuenta propia en el sistema Seguridad Social, los tipos de cotización de los diversos regímenes de la Seguridad Social a partir del 01/01/2019
En el ámbito laboral se establecen reglas de afectación de las cuantías del salario mínimo interprofesional a los convenios colectivos que utilicen el SMI como referencia para determinar la cuantía o el incremento del salario base o de complementos salariales y establece la habilitación para establecer reglas de afectación del salario mínimo interprofesional en normas no estatales y pactos de naturaleza privada.
Deroga el artículo 4 y la DT 9ª de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral; los artículos 9, 10, 11, 12 y 13, la DA 9ª y la DT 1ª de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo; el apartado 2 de la DA 2ª, el apartado 1 de la DT 2ª y la DT 9ª del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; el apartado 7 de la DA 27ª del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social; y la DA 120ª y la DA 121ª de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, sin perjuicio de lo previsto en la DT 9ª de esta Ley.
Modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: DA 10ª.
Modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social: art. 83.1; 102; 146.4; 151; 170.1; 196.2; 249; 249 bis; 308; 311.1; 313.1; 316.1; 317; 321; 325; 327.1; 329; 337.1 y 4; 338.1; 340.2; 344; 347.1; 350; DA 1ª 1 y 2; DT 4ª.5; DT 16ª; se añaden nuevas DA 28ª, 29ª y 30ª.
Modifica la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo: art. 26.1; 31;
Eliminar el apartado 3 del art. 26; 32; 38 bis; DA 3ª.2; DA 4ª, segundo párrafo; y añade los nuevos artes. 31 bis; 32 bis
Modifica el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social: art. 40.1.e) 1; y añade un nuevo art.22.16.
Con efectos de 1 de enero de 2019 y vigencia indefinida, se modifica la DA 4ª de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007.
También modifica el art. 39.3 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado; el apartado 1 de la DA 30ª de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social; y el arte. 35 del Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.
[NORMATIVA APROBADA. LEYES DE LAS CORTES GENERALES]
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