REIAL DECRET-LLEI 13/2019, de 11 d'octubre, pel qual es regula l'actualització extraordinària dels lliuraments a compte per a l'any 2019 de les comunitats autònomes de règim comú i de les entitats locals, en situació de pròrroga pressupostària, (...)
(...) y se establecen determinadas reglas relativas a la liquidación definitiva de la participación de las entidades locales en los tributos del Estado, correspondiente al año 2017. (BOE de 12/10/2019)
Se establece el régimen general de aplicación de las entregas a cuenta del sistema de financiación autonómica (SMA) en situación de prórroga presupuestaria. A este respecto, se establecen las reglas de determinación de la previsión de ingresos tributarios previos a la cesión a las administraciones territoriales. Se concretan asimismo cuáles son las referencias temporales que se deben tener en cuenta para la consideración de la situación de publicación, disponibilidad o período de liquidación que corresponda en relación con el resto de parámetros, variables o datos de referencia necesarios para la aplicación de lo previsto en los artículos 12 a 20 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. En este sentido, se toma como fecha de referencia el 1 de enero de 2019.
Además, se determina el calendario de entrega y aplicación de lo dispuesto en la propuesta del Real Decreto Ley.
La disposición recoge también los preceptos que afectan a la participación de las entidades locales en los tributos del Estado, incluyendo las reglas de actualización de las entregas a cuenta de la participación de las entidades locales en tributos del Estado correspondiente al año 2019, estableciendo su régimen jurídico, los criterios de determinación del índice provisional de evolución de los ingresos tributarios del Estado y los valores de referencia para el cálculo de las entregas a cuenta de la cesión de impuestos estatales y de la participación correspondiente a las variables población, esfuerzo fiscal e inverso de la capacidad tributaria aplicable a los municipios no incluidos en el modelo de cesión de impuestos estatales.
Se prevé la instrumentación de los suplementos de crédito necesarios, identificando los importes necesarios para atender las actualizaciones de las entregas a cuenta del sistema de financiación de las CCAA y de la participación de las entidades locales en tributos del Estado, así como la modalidad de financiación de aquellas modificaciones presupuestarias.
Se prorroga por 2019 dispuesto artículo 129.6 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para 2018, referido a los Fondos de Compensación Interterritorial, para su aplicación durante el ejercicio 2019.
NORMATIVA APROBADA LEYES DE LAS CORTES GENERALES
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